PRÓXIMO EVENTO

EL PRÓXIMO SÁBADO 14 DE MARZO EL ILTRE. COLEGIO OFICIAL DE ENFERMEROS DE BADAJOZ, DENTRO DE SU SEMINARIO PERMANENTE DE HUMANIZACIÓN ORGANIZA UN TALLER QUE LLEVA POR TÍTULO "TESTIMONIOS DE VIDA", EN EL QUE CONTARÁ CON LA PARTICIPACIÓN DE PERSONAL ENFERMERO Y BOMBERO Y CON DOS PACIENTES A LOS QUE AQUELLOS COLECTIVOS HAYAN SALVADO LA VIDA

UNA VISIÓN PARTICULAR DE LA HUMANIZACIÓN DE LAS NORMAS



A continuación, publicamos una entrada que nos ha hecho llegar D. Raúl Tardío López, que es abogado y máster en Derecho Sanitario.

"La letra de los textos legales, por sí misma, no humaniza, por mucho que el legislador se esfuerce en establecer en ellos principios éticos y de conducta. Ni siquiera los otrora tan importantes Códigos Deontológicos de las distintas profesiones sanitarias logran, por las razones que fuere, tan legítima pretensión.

Quizás la Ética "no esté de moda". Puede, tal vez, que su fracaso responda a la terminología, en ocasiones alambicada, con que es trasladada a los manuales; a la censurable despreocupación de los agentes –Corporaciones, Administraciones, etc-responsables de su difusión y tutela o, quizá, a la huidiza actitud de sus destinatarios frente a todo lo que suene a "deber". Igual sea un sumatorio de todo ello.

En el ámbito sanitario, hace ya más de una década vio la luz una Ley de lectura imprescindible para quienes se ocupan y preocupan por nuestra salud. Ley que contiene principios éticos universales y específicos, y en la que se configura al paciente como centro de nuestro Sistema Sanitario. Me refiero a la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Pues bien, a pesar del largo tiempo transcurrido desde que fuera aprobada, no parece que los postulados contenidos en esa trascendental norma hayan calado en la mayoría de los profesionales sanitarios.

En modo alguno quiero con ello decir que en el ámbito sanitario no se respeten los derechos básicos de los pacientes (dignidad, autonomía, intimidad...), ni mucho menos, sino que esa debida consideración parece responder, principalmente, a motivaciones personales y no a mandatos legales.

En mi opinión, las leyes, en términos generales, no llegan al ciudadano y, por ello, éste no se siente concernido por sus postulados. Se dirá que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, pero creo que siempre será mejor y más eficaz redoblar esfuerzos por que las normas lleguen y calen en la ciudadanía y, por extensión, en los profesionales sanitarios –labor preventiva- en lugar de recurrir a políticas retributivas, centradas más en el castigo a los incumplidores que en su formación, minimizando, de esta manera, el riesgo de la comisión de infracciones.

Legalmente hablando, es claro que la mera publicación de las normas en Boletines y Diarios oficiales bastará para exigir su cumplimiento. Ahora bien, cabe preguntarse si tales publicaciones son el instrumento idóneo para garantizar su conocimiento por parte de los ciudadanos. En mi humilde opinión, es evidente que esa “divulgación” es insuficiente.  

Y la sanción no es el remedio. Considero que no es cuestión de castigar, en todo caso, a los profesionales sanitarios que no se conducen de acuerdo con la Ley 41/2002. De hecho, esta norma no incluye un cuadro específico de infracciones y sanciones sino que se remite a la Ley General de Sanidad (Disposición Adicional Sexta). Lo que, por el contrario, se debe afrontar es una tarea de concienciación mucho más agresiva por parte de Organizaciones Colegiales y Servicios de Salud, siendo los profesionales sanitarios más sensibilizados con los derechos de los pacientes y más dotados para la comunicación quienes asuman el reto de llegar a sus compañeros para transmitirles humanización.

Permítanme que me sirva de experiencias personales para ilustrar mi particular punto de vista.

El pasado año -2014- pude asistir a varias charlas que versaban sobre la Ley 41/2002, en las que participaron ponentes de reconocido prestigio y distintas sensibilidades profesionales -magistrados, fiscales, abogados, médicos, enfermeros...-. Las exposiciones fueron brillantes en su mayoría, pero sumamente teóricas, como si los destinatarios de esa norma fueran personas del mundo jurídico en lugar de sanitarios.

Seguro que vds. se pueden imaginar la reacción de los profesionales sanitarios presentes en esas ponencias. Parecía que esa norma fundamental no fuera con ellos.

Pero he de reconocer también que tuve la gran suerte de presenciar dos espléndidas intervenciones de dos conspicuos profesionales en unas Jornadas de Derecho Sanitario organizadas por el Ilte. Colegio Oficial de Enfermeros de Badajoz. Los dos ponentes a los que me refiero fueron el psicólogo D. Carlos Pajuelo Morán (de quien recomiendo la lectura de su blog http://blogs.hoy.es/escuela-de-padres/) y el Catedrático de Educación para la Salud, además de médico y enfermero, D. Jesús Sánchez Martos. Ambos hablaron de la Ley 41/2002, pero se aproximaron a ella y la abordaron de forma mucho más práctica, más cercana, más "humana". Los capítulos y artículos de esa norma abandonaron el papel y se convirtieron en experiencia.

La reacción de las enfermeras a quienes dirigieron sus charlas fue espectacular, emocionante. Porque fueron las emociones de los pacientes lo que ambos ponentes consiguieron transmitir vívidamente. Y ese era el fin primero de esas Jornadas: captar la atención de profesionales sanitarias y hacerles sentir como pacientes. Concienciarles, humanizarles.

En conclusión, por mi experiencia, las leyes, explicadas por profesionales que conocen el medio y dominan la comunicación, sí llegan verdaderamente a sus destinatarios y otorgan más autoridad a quienes deben exigir su observancia.  


Estas son mis reflexiones, que hago no tanto como abogado y máster en Derecho Sanitario sino como mero observador, aprendiz y paciente."

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